

Se evidencia de la norma ut-supra, que los Registradores y Notarios Públicos a nivel nacional, deberán "ABSTENERSE" de protocolizar y/o autenticar documentos relativos a actos o negocios jurídicos sobre bienes inmuebles agrarios, sin la debida autorización emitida por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI)
LA FECHA DE LA CIRCULAR FUE UN DÍA DESPUÉS DE LAS ELECCIONES DEL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2010
No hay comentarios:
Publicar un comentario