martes, 5 de abril de 2011

La Venezolana Maria necesita vivienda digna




Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Capítulo V
De los Derechos Sociales y de las Familias
Artículo 82. Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénicas, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos.
El Estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que éstas, y especialmente las de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas.
El artículo que mencionamos es letra muerta, la pobreza extrema es galopante, las estadística oficialista son maquilladas para que en mundo crean que en Venezuela el gobierno esta entregado en cuerpo y alma para dar felicidad al pueblo venezolano, como desearía que un alto funcionario de nuestro gobierno por lo menos durara un mes viviendo en el rancho de la señora María de 80 años de edad, estoy completamente seguro que le produciría infinidades de alergias. El rancho de María también reside su nieto con su conyugue y el hijo de estos de meses de nacido.
Lo cruel es que el dinero del tesoro público venezolano anda por América latina y el mundo con millonarias donaciones en dólares
Mientras tanto el canciller venezolano, Nicolás Maduro, afirmó que la oposición no dice la verdad y recalcó que el convenio de donación de 10 millones de dólares se firmó el 8 de diciembre de 2005, durante el gobierno de Tabaré Vázquez.
Tomado del Expectador informativo digital de Uruguay
Pregunto ¿Quién estaba de presidente en Venezuela en el año 2005?
Mientras tanto la Sra. Maria continuara solicitando una vivienda digna y la repuesta del gobierno será que no hay presupuesto.
Soñar no cuesta nada pero ojala le llegara de iniciativa privada la solución de vivienda para la Sra. Maria

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